sábado, 23 de abril de 2011

RESUMEN 3ª PONENCIA: EL VOTO INMIGRANTE EN LAS MUNICIPALES “LOS NUEVOS CIUDADANOS” SEGOVIA

8 DE ENERO 2011
MARIA EUGENIA DIAZ ALSINA
Lda. CC. Información
DEA Comunicación Social y Sociología
Doc. Opinión Pública y Cultura de Masas
Investigadora Social en Opinión Pública, Inmigración y Convivencia  ORGANIZA: RED*IC BASE SEGOVIA


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El voto de los inmigrantes residentes es un derecho que lleva pidiéndose desde hace tiempo. Diversas asociaciones de residentes en España comenzaron en el 2003 la campaña “Aquí vivo, Aquí voto”. Justificaban su petición en base a la Declaración de Derechos Humanos de 1948, que pone el voto como uno de los derechos fundamentales de las personas, y en base a los documentos firmados durante el proceso constitutivo de la Unión Europea,

Hacia una ciudadanía cívica basada en la residencia

El Tratado de Maastricht significa la consagración de la “Europa de los Ciudadanos”: reconociendo, entre otros valores democráticos como la libertad de expresión y la capacidad asociativa, el derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones municipales a los residentes con independencia de su nacionalidad de origen. Aunque este último derecho se circunscribía a los nacionales de los países miembros, el documento instaba a los socios a trabajar por fomentar el voto de proximidad y residencia, labor que enlazaría el estatus de ciudadano con el de residencia por encima de la nacionalidad. Como consecuencia de los trabajos en el Consejo Europeo de Tampere de 1999, el Parlamento Europeo adoptó, dos años después, una resolución que pedía a varios países, entre los que se encontraba España, a que ampliasen el derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones municipales y europeas a todos los ciudadanos de terceros países que residan legalmente en la Unión Europea. El Parlamento Europeo volvería a pronunciarse a favor de la concesión del voto a los inmigrantes a finales del 2001, en junio del 2003 y en enero del 2004.

En mayo 2004, el Pleno del Congreso de los Diputados aprobó una moción que especificaba sobre la necesidad de "avanzar, previo consenso social y político, hacia el derecho de participación política de los residentes legales permanentes en las elecciones locales". En 2005 el Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS) publicaba que el 60.8 % de los españoles defiende este derecho de los inmigrantes a votar en las elecciones municipales. En febrero del 2006, el Congreso de los Diputados aprueba por unanimidad una proposición no de Ley del Grupo Parlamentario de Izquierda Verde-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds para estudiar las reformas legales necesarias para que los inmigrantes residentes en el Estado español puedan participar en las próximas elecciones municipales. En el congreso del PSOE de marzo del 2006 se declara una moción a favor del voto de los inmigrantes, propuesta a la que se suma el PP anunciando su intención de pedir al Gobierno que fomente la firma de convenios de reciprocidad con países emisores de inmigrantes. La petición del derecho a voto del inmigrante se convierte en promesa electoral del PSOE e IU en las elecciones municipales de 2007 y llevan juntos al Congreso una proposición no de ley para iniciar los convenios.

La Constitución Española (1978) artículo 13. 2 “condiciona la inscripción censal de los extranjeros a los convenios de reciprocidad”, es decir, que sus países permitan votar a nuestros emigrantes en elecciones similares. La Ley Electoral (1985) en su artículo 176, indica que “el Gobierno comunicará a la oficina del Censo Electoral la relación de Estados extranjeros cuyos nacionales, residentes en España, deban de ser inscritos en el censo”. Estos artículos se vieron modificados en 1992, luego el gobierno español de aquel entonces, no solo cumplía con las expectativas que había marcado Maastricht, sino que tenía una visión bastante amplia de lo que significaba el voto en democracia, no restringiendo en su articulado el voto a los países de la Unión.

Es imprescindible definir el concepto de ciudadanía que se mueve en la Europa de los 25. En definitiva, se trata de fijar la definición no en la nacionalidad, sino en la residencia, en construir una ciudadanía cívica basada en el reconocimiento de derechos y deberes, en la interculturalidad, la educación en valores democráticos y en la capacidad asociativa de los habitantes para contribuir al crecimiento de los Estados miembros. La integración cívica, que es también política, y que comienza en el ámbito municipal, debe entenderse en términos de inclusión, pluralidad y gradualidad. Dicha ciudadanía cívica debe comenzar por el reconocimiento de que el residente (en la medida en que paga impuestos y contribuye con su trabajo, con su presencia como vecino y no sólo como trabajador, a la construcción de la comunidad política) tiene no sólo derechos civiles e incluso sociales, sino políticos: derecho a participar al menos en el primer nivel de las elecciones municipales en la ciudad o pueblo donde reside. “Es una incongruencia hablar de que se pretende la integración de las personas inmigrantes en nuestra sociedad si al mismo tiempo se les niega el derecho a la participación política”, manifestaban los firmantes del manifiesto Aquí vivo, Aquí voto.

El proceso del voto inmigrante en España

En base a este recorrido institucional, español y europeo, el Ministerio de Asuntos Exteriores recogió el Manifiesto de las Asociaciones de Inmigrantes entre las que figuraban con especial relevancia ACSUR, ACOMA, RUMIÑAHUI, CEDEHU, CEAR Madrid, FERINE, SOS Racismo, y se puso a trabajar en conseguir el mayor número de convenios posibles. En agosto del 2008, se nombró un embajador especial, D. Gonzalo de Benito, para negociar los convenios con 15 países. Se excluyeron 120, algunos tan importantes como Marruecos, Brasil, México o Rep. Dominicana porque su legislación impide votar a los extranjeros. Los 15 países con los que se inició negociaciones fueron: COLOMBIA, PERU, ARGENTINA, ISLANDIA, TRINIDAD Y TOBAGO, ECUADOR, BURKINA FASO, CABO VERDE , CHILE, PARAGUAY, COREA DEL SUR, NUEVA ZELANDA, URUGUAY, BOLIVIA y VENEZUELA. De esta lista quedaron sin ratificar por motivos de no equivalencia: VENEZUELA, porque a la administración Chávez no le parecía de urgencia admitir nuevos electores a su país; BURKINA FASSO, que exige estar al día del pago de los impuestos para votar; URUGUAY, que solo permite el voto a personas con familia legalmente constituida y quince años de residencia; ARGENTINA, ya que la legislación electoral no es uniforme, hay estados donde la edad es de 21 años, en otros se prohíbe votar extranjeros, otros imponen diez años de residencia e incluso condiciones económicas para poder votar; y COREA DEL SUR, que se le ha enviado la propuesta pero no se obtuvo respuesta.

Finalmente se ratificaron convenios con Noruega, Nueva Zelanda, Chile, Colombia, Ecuador, Paraguay, Perú y finalmente Bolivia cuya firma se hizo esperar hasta el último momento. Quedan pendientes para el 2015 la firma de Islandia, Cabo Verde y Trinidad y Tobago y se pretende volver a iniciar negociaciones con el resto de los países propuestos.

La ratificación de los convenios se realizó tras diversas sesiones plenarias con el consenso de la Cámara de Diputados. Durante los debates, el PSOE, manifestó una interpretación flexible de la Constitución para conseguir los máximos convenios posibles. El PP y CiU, dijeron que había que buscar la simetría, equivalencia y correspondencia mutua, basados en criterios de proximidad entre los sistemas democráticos y garantías de universalidad en la capacidad de voto. Mientras que, ICV e IU, advirtieron que el requisito impedirá potar a aquellos inmigrantes que proceden de países no democráticos o que no permiten votar a los extranjeros, “algo que hará que muchos ciudadanos no puedan votar ni aquí ni en su país de origen”, como pasa con los ciudadanos de Marruecos, por ejemplo. Estos últimos grupos parlamentarios apuestan por que en futuro se haya extendido por todo el mundo el principio de ciudadanía universal.

Las Condiciones de Voto y Reglamentación

Las condiciones de voto para los países extracomunitarios son: tener más de 18 años; ningún impedimento legal que imposibilite el voto; estar en posesión de la residencia; demostrar residencia de más de cinco años, tres en el caso de Noruega; estar empadronados; y presentar la tarjeta censal cumplimentada, es decir, solicitar el derecho “de parte”.

El procedimiento normativo se encuentra publicado oficialmente mediante la Resolución de 15 de octubre de 2010, de la Oficina del Censo Electoral y en el Boletín Oficial del Estado, Núm. 268 del Viernes 5 de noviembre de 2010 Sec. III. Pág. 93124. Faculta a la Oficina del Censo Electoral para remitir una comunicación a los residentes con Acuerdos, con sus datos personales y de residencia preimpresos, obtenidos de la información del Registro Central de Extranjeros y de los Padrones municipales.
Determina que los extranjeros residentes en España que consideren que cumplen las condiciones establecidas podrán presentar personalmente las solicitudes de inscripción en el Ayuntamiento con el impreso de la Oficina del Censo Electoral, acreditando el tiempo de residencia en España en la forma que se determine. Y tercero, fija el plazo de presentación de las solicitudes para la inscripción en el censo electoral para unas elecciones municipales. En el caso que nos ocupa el plazo propuesto es del 1 de diciembre al 15 de enero.

El INE y la Oficina del Censo informan el 7 de septiembre de la firma de los convenios de reciprocidad y las condiciones para incluir en el censo de los nuevos ciudadanos convocados a las elecciones municipales. El 24 de noviembre amplía la información en base a los mandatos del BOE y la OCE: “Para facilitar la presentación de las solicitudes, la Oficina del Censo Electoral (OCE) ha remitido una comunicación personalizada a los 322.633 ciudadanos de estos países, salvo a los de Bolivia, que reúnen las condiciones establecidas con la información disponible de los padrones municipales y de las inscripciones en el Registro Central de Extranjeros. Dado que el Acuerdo de Bolivia con España se ha firmado recientemente, las 27.502 comunicaciones personalizadas a los ciudadanos nacionales de Bolivia se remitirán próximamente.”

Comunicaciones por país de nacionalidad

País                                  Comunicaciones enviadas
----------------------------------------------------------------------------------------------------------
Total                                                              322.633

Noruega                                   6.027
Colombia                                95.192
Chile                                       10.078
Ecuador                                168.639
Paraguay                                   4.305
Perú                                         38.244
Nueva Zelanda                             148
* Nota de Prensa INE, 24 de noviembre 2010

Aquellos que estén en conformidad con la Comunicación deberán firmar la comunicación recibida y remitirla a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral correspondiente, por correo postal que no necesita franqueo, aportando fotocopia de la Tarjeta de identidad de extranjero en vigor o certificado de residencia expedido por la Comisaría de Policía.

Aquellos interesados que consideren que cumplen las condiciones del Acuerdo y que no hayan recibido la carta, podrán presentar la solicitud en el Ayuntamiento identificándose con su Tarjeta extranjero y adjuntando fotocopia de la misma. El tiempo de residencia en España se deberá justificar con un certificado de residencia, expedido por la Comisaría de Policía, cuando no se pueda deducir de los datos de la fotocopia de la Tarjeta de identidad de extranjero.

“Los nuevos segovianos”

La Oficina del censo informa el 5 de octubre de que se envían 757.495 comunicaciones a residentes europeos con derecho a voto en las municipales, en Segovia 4.770. El 24 de noviembre publican que 882 cartas se envían en la provincia de Segovia a los nuevos invitados extracomunitarios.

En total, según datos del padrón municipal a 1 de noviembre, viven en la provincia de Segovia 14.700 residentes extranjeros que se incorporan al voto municipal. A los países andinos sumamos los grandes grupos de población, búlgaros, polacos y rumanos. El total en la ciudad de Segovia los nuevos invitados suman la cifra de 5.080.

EL INE también informa de que existen en España 45 municipios con más de 25% de residentes extranjeros. En esos casos el voto de los inmigrantes es totalmente decisivo a la hora de formar gobierno municipal.

En Segovia, según las fuentes del INE, el total del último censo en la provincia es de 121.227 y para la ciudad de Segovia de 40.250. El número de nuevos extranjeros con derecho a voto empadronados es de 14.700, de los cuales 5.080 viven en la capital de la provincia. De los 2.547 latinos de Segovia, 1.225 residen en la ciudad.

Según datos publicados por la Diputación el incremento de población extranjera desde el año 2000 es del 10%, siendo la provincia de Castilla y León con mayor número de empadronados extranjeros. Según sus previsiones el incremento del censo podría establecerse en el 1,5%.


TOTAL
TOTAL CIUDAD
TOTAL CENSO
TOTAL CENSO CIUDAD

164.268
55.838
121.227
40.250
BOLIVIA
175
82


CHILE
97
46


COLOMBIA
1060
476


ECUADOR
763
380


PARAGUAY
67
27


CHILE
385
214


BULGARIA
7.069
2.442


POLONIA
2.014
1.235


RUMANIA
3.070
178


TOTAL
14.700
5.080
¿4,6%?
¿4,47%?
*Elaboración propia con datos del INE a 1 de noviembre 2010

Pero, si sumamos las notificaciones que el INE ha enviada a los ciudadanos comunitarios y a los extracomunitarios en Segovia -5682- el censo se incrementaría en un 4,6%. 

El 34,5% viven en Segovia capital y es de suponer que se les habrá enviado una proporción de cartas informativas similar, lo que hace que el censo en la capital pueda incrementarse en más de un tercio, es decir, en 1800 nuevos votantes, que representa un incremento del 4,47% en la ciudad.

Todo esto suponiendo que solo los nuevos segovianos contactados hayan registrado su intención de voto. El porcentaje, si bien, no puede determinar por si solo el color del Ayuntamiento de Segovia, si puede ser decisivo para formar gobierno municipal. Nos queda por saber cuántos en realidad acudirán a la convocatoria y cuántos son los que no habiendo recibido la notificación cumplían con el derecho y lo han formalizado. Si es así, el voto inmigrante podría subir hasta el 7%.

La decisión de los Nuevos Segovianos

Captar el voto de los nuevos segovianos será un reto para las formaciones políticas. La Ley Electoral indica que los ayuntamientos que tengan entre 50.000 y 100.000 habitantes, se constituirán con 25 concejales, y siempre en número impar, para que no se pueda bloquear en el pleno la elección del alcalde.



ELECCIONES 2007




ELECCIONES 2003


En el 2007, IU desaparece del Ayuntamiento de Segovia porque los votos alcanzados fueron del 4,19% lo que supone, según la Ley Electoral, que en elecciones municipales no se tiene en cuenta el 5% de los votos obtenidos. En el 2003 la lista más votada fue la del PP, pero gracias al apoyo de los concejales electos de IU, el PSOE gobierna Segovia. Lo que se trata de explicar con este ejemplo es que, si bien un 4,4% de votos no sirve para conseguir al menos un concejal, si vale esta cifra -un 7%, mejor- o si ayuda -si se suma a la lista deseada-, a conseguir representación en el consistorio, o bien a formar un gobierno lo más parecido a nuestros intereses. De ahí la importancia de que vote el mayor número posible de ciudadanos. Cuantos más votos entren en el recuento más posibilidades hay de formar un gobierno lo más parecido a los intereses de la ciudadanía. Esa diferencia del 4,4% de votos estimados, del 7% si fueran a votar los convocados más los que posiblemente cumplen los requisitos, determinará la elección de un alcalde de un color u otro. La otra opción es no votar, quedarse en casa pensando que eso no interesa, que todos los políticos son iguales o que nuestro voto no influirá para nada en el resultado. Pues si influye. El ciudadano en casa despotricando por que ha ganado el PP por mayoría y no ha conseguido la alcaldía por un pacto y ellos sin ir votar. O bien el caso contrario que IU no ha conseguido concejales con la cantidad de gente que hay de izquierdas y que podrían estar representas, y la misma situación, en casa y sin votar.

La convocatoria que ha hecho el Gobierno a los residentes extranjeros es una oportunidad para defender los intereses de los inmigrantes, más allá de los que se derivan de una posible situación de desventaja, como ciudadanos, como comunidad política, que convive con la gestión municipal y manifiesta su opinión.

Los inmigrantes se pueden convertir en un punto de mira para las estrategias de comunicación de los partidos políticos, un nuevo público objetivo al que dirigir su campaña y sus propuestas. Y esto es muy importante para la integración cívica del residente, ya que los programas electorales cuando son votados por la mayoría se convierten en contratos con la ciudadanía, ejemplo que hemos visto en este artículo cuando PSOE e IU incluyeron en su proyecto municipal del 2007  incorporar el voto de los extracomunitarios. Y si no cumplen, siempre podremos retirarles nuestra confianza.

El beneficio puede ser recíproco y gradual. Los partidos consiguen votos para sus proyectos y los residentes van enraizándose con el verdadero sentido de ser ciudadano, aquel que vive en comunidad, participa y obtiene resultados. La integración no solo reside en la manifestación cultural, étnica, folklórica, en la posibilidad de hacer cursos de capacitación laboral o en acatar los bandos de convivencia de los Ayuntamientos, también reside en la capacidad que les otorgamos para que tomen decisiones que favorezcan al conjunto de la ciudadanía. También tienen opinión sobre el transporte público -pagan sus abonos mensuales-, la red de comunicaciones –móviles,Adsl- la limpieza de las calles –impuesto varios-, comercio y precios –consumen y pagan iva-, sanidad y educación –alta seguridad social-, etc.

Y todo esto es política y democracia, la gestión de los recursos contando con la opinión de los ciudadanos. No hay que tenerle miedo a esta palabra tan denostada en la actualidad, ni a manifestar cuáles son los programas que más nos convienen, en todo caso hay que tomarlo como una contraprestación de servicios. El voto, precisamente, es lo que diferencia a la democracia de la no democracia. El sentido del voto es particular y conviene que lo ajustemos tanto al interés particular o como al interés del conjunto.

Políticas de Participación Transversal

Además del acto glorioso del voto, derecho vinculado al estatus de ciudadanía, que ha ido evolucionado con el tiempo en todas las sociedades (primero los varones mayores de 21, cultos, militares o con propiedades, luego las mujeres, luego se bajó la edad, durante un tiempo vinculado a la nacionalidad y en camino de reconvertirse en una cuestión de residencia), la comunidad internacional apuesta por una gestión administrativa basada en la proximidad, en el intercambio de ideas y en la aportación constante de propuestas que mejoren las políticas puestas en marcha. A esta política la llaman Participación Transversal y es otra de las recomendaciones de la Unión a la hora de conformar un Estado donde el ciudadano se implique. Para ello la UE abre un portal de asociaciones y foros que se mantiene como órgano consultivo en diferentes ámbitos de actuación. Pide a los socios que abran la puerta al mismo modelo en sus Estados, Autonomías y Municipios.

Poco a poco los ayuntamientos han ido adaptándose al entorno europeo incorporando la Concejalía de Participación a sus órganos de gobierno. El Ayuntamiento de Segovia  estable en su Reglamento de Foros Participativos, que esté será el “cauce de participación y diálogo permanente entre los ciudadanos y sus organizaciones con el Ayuntamiento”: Acción Social, Juventud, Medioambiente Movilidad, Turismo, Deporte, Economía y Desarrollo, Movilidad… Esos foros temáticos están compuestos por asociaciones que conocen la realidad del ámbito que les ocupa y con cuya aportación pueden ayudar a las concejalías implicadas a detectar necesidades, corregir proyectos o evaluar resultados.

El consistorio pone a disposición del ciudadano un Registro de Entidades Asociativas y una Revista Municipal, “Segovia Ahora”, donde publicitar los comentarios y actividades de las asociaciones segovianas. El reglamento se compromete a realizar las gestiones necesarias para la cesión de locales para actos públicos de las entidades asociativas y colaborar en la organización, celebración y difusión de actividades mediante divulgación o subvenciones.

Segovia lleva desde el año 2007 trabajando con Obra Social de Caja Segovia en el Programa “Nuevos Segovianos”, una iniciativa que trata de dar a conocer al conjunto de la ciudadanía la cultura de los pueblos que acogemos. En el 2008 se suma a las actividades específicas para inmigrantes el “Programa Convivimos”, dependiente de la Concejalía de Economía y Desarrollo y cofinanciado por el Ministerio de Trabajo e Inmigración, que tiene como finalidad mejorar las condiciones de acceso a recursos generalistas y específicamente a los recursos laborales de empleo. Recientemente, en diciembre del 2010 se crea el proyecto "Nuevas formas de diversidad en la ciudad de Segovia", que pretende implicar más a los inmigrantes en el desarrollo de planes de integración.

Oportunidades de integración cívica

Las Asociaciones de Segovia tienen en estos acontecimientos la oportunidad de alcanzar una plena integración cívica. Primero por el reconocimiento de su voto, requisito fundamental para ser ciudadano con pleno derecho, y segundo por la oportunidad que le da participar en el beneficio de la sociedad a través de los movimientos asociativos y foros.

Hace poco que una serie de asociaciones formaron la Federación de Inmigrantes Amanecer de Castilla y León, que pretende servir de antena social para captar necesidades del colectivo de inmigrantes, elaborando un programa anual, junto a técnicos municipales, para canalizar las demandas de todas las asociaciones y colaborar en programas tendentes a la integración social. Unirse a una Federación de este tipo puede servir para llegar a más público. Las asociaciones de inmigrantes de Segovia también deberían ver como una oportunidad para su integración cívica abrirse a otros foros participativos, ya que por el momento las asociaciones de inmigrantes están muy vinculadas con la concejalía de Economía y Desarrollo, o bien con actividades culturales encaminadas a mostrar su cultura de procedencia. Existen otros Foros de Participación donde pueden expresar sus necesidades como miembros de la comunidad, foros deportivos, rurales, juveniles…

Ciudadano= participación + voto

Tanto las Asociaciones como los partidos políticos tienen una oportunidad para hacer llegar sus propuestas y su trabajo a este nuevo colectivo de votantes. Las asociaciones buscarán el mayor número de votantes posibles y los partidos que sea su lista la más votada. Para lo cual, ambos, deberán fijarse una estrategias de comunicación para conseguir que sus fines, totalmente legítimos en democracia, se cumplan.
Para ello, lo primero y fundamental, es ser coherente con el discurso. Los partidos (de derechas, de izquierdas, españoles y europeos, como hemos visto en la introducción de este artículo) y las asociaciones (rumanos, búlgaros, peruanos, ecuatorianos…) han luchado durante años por conseguir este derecho, y ahora conseguido, que menos que adecuar sus campañas sin caer en incoherencias particularista, ideológicas, programáticas. Lo segundo, es sensibilizar sobre el hecho del voto, divulgar con el mayor alcance posible las normativas de inscripción, y si ya es tarde, promover el acercamiento a las urnas.

Los implicados en este proceso democrático, electores activos (mediante movimientos asociativos) y pasivos (sus partidos políticos), deberían hacer un análisis exhaustivo de de este colectivo, promover la creación de redes asociativas, su inclusión en las listas y tener iniciativas de organización política propia.

El buen uso del relato y la visibilidad mediática son fundamentales para llegar al mayor número de ciudadanos posibles. A trabajar.

Enhorabuena a todos los que lucháis por un mundo mejor, más igualitario, con mayor alcance democrático y más participación.



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CIUDADANIA      PARTICIPACION          VOTO

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